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jueves, 6 de agosto de 2015

Programa de oposición para el ingreso al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa. Turno Libre

PROGRAMA Y TEMARIO


El temario, adaptado al programa de la última convocatoria de las oposiciones al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, se puede adquirir por el precio de 20 € (con todas las actualizaciones hasta la fecha de examen) enviando un correo a la siguiente dirección: micanaldeoposiciones@gmail.com

El contenido del temario se encuentra actualizado y se mantendrá actualizado conforme a las reformas que se vayan produciendo y que afecten a l@s opositor@s que se presentan a la siguiente convocatoria.

Última actualización: Agosto de 2015 con la siguiente normativa:

- Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

- Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo.

- Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, por la que se modifican la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos y la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.

- Ley Orgánica 5/2015 y Ley 4/2015 publicadas en el BOE el día 28 de abril.

- Ley 11/2015 publicada en el BOE el día 19 de junio.

- Ley 15/2015, de la Jurisdicción Voluntaria, publicada en el BOE el día 3 de julio.

- Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

- Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

- Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.

- Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

- Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional

- Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil


Programa de oposición para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativo. Turno libre

Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Las atribuciones de la Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. La elaboración de las leyes. El Tribunal Constitucional. Composición y funciones.

Tema 2. Los Derechos Humanos en el ámbito universal, europeo y español. La igualdad efectiva entre hombres y mujeres. El artículo 14 de la C.E.: La no discriminación por razón de sexo. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico civil. Consecuencias penales de la discriminación por razón de sexo. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico laboral. La conciliación familiar.

Tema 3. El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Organización administrativa española: Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios y Directores Generales. La Administración periférica del Estado. Los Delegados de Gobierno en la Comunidad Autónoma y los Subdelegados de Gobierno.

Tema 4. Organización territorial del Estado en la Constitución. El Estado de las Autonomías. Las Comunidades Autónomas: Su constitución y competencias. Los Estatutos de Autonomía. La Administración Local. La provincia y el municipio.

Tema 5. La Unión Europea. Competencias de la UE. Instituciones y órganos de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de Ministros de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal de Cuentas.

Tema 6. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial: composición y funciones. La jurisdicción: Jueces y Magistrados: funciones y competencias. La independencia judicial. El Ministerio Fiscal: organización y funciones. Sistemas de acceso a las carreras judicial y fiscal.

Tema 7. Examen de la organización y competencia del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional, de los Tribunales Superiores y de las Audiencias Provinciales.

Tema 8. Examen de la organización y competencia.– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. Juzgados de lo Penal. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. Juzgados de lo Social. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria. Juzgados de Menores. Juzgados Mercantiles, y el Tribunal de Marca Comunitaria de Alicante, Juzgados de Violencia sobre la mujer y Juzgados de Paz.

Tema 9. La carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia. Derechos de información, de atención y gestión, de identificación de actuaciones y funcionarios, derechos lingüísticos. Derechos frente a los profesionales que asisten y representan al ciudadano: Abogados, Procuradores, Graduados Sociales. El Derecho a la Justicia Gratuita en la Carta de Derechos. El plan de Transparencia Judicial.

Tema 10. La modernización de la oficina judicial. La nueva oficina judicial Su regulación en la Ley Orgánica del Poder Judicial. La administración de justicia y las nuevas tecnologías. Código de Conducta para usuarios de equipos y sistemas informáticos al servicio de la Administración de Justicia. El expediente digital y la presentación telemática de escritos y documentos. La firma digital, el correo electrónico. Incidencia de la legislación de protección de datos en el uso de las aplicaciones informáticas.

Tema 11. El Secretario Judicial en la Ley Orgánica del Poder Judicial: funciones y competencias. Ordenación del cuerpo superior jurídico de Secretarios Judiciales: Secretario de Gobierno y Secretarios Coordinadores.

Tema 12. Cuerpos de Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. Cuerpos Generales y Cuerpos Especiales: Definición y Cuerpos que los integran. Cuerpos Especiales: El Cuerpo de Médicos Forenses: Funciones.

Tema 13. Los Cuerpos Generales (I): Funciones. Formas de acceso. Promoción interna. Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. La rehabilitación. Derechos, deberes e incompatibilidades. Jornada y horarios. Vacaciones, permisos y licencias.

Tema 14. Los Cuerpos Generales (II): Situaciones administrativas. Ordenación de la actividad profesional. Provisión de puestos de trabajo. Régimen disciplinario.

Tema 15. Libertad sindical.– El Sindicato en la Constitución Española. Elecciones sindicales según la Ley de órganos de representación y el Estatuto Básico del Empleado Público. El derecho de huelga. Salud y prevención de riesgos laborales.

Tema 16. Los procedimientos declarativos en la Ley de Enjuiciamiento Civil: juicio ordinario y verbal.

Tema 17. Los procedimientos de ejecución en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Clases de ejecución: disposiciones generales de cada una de ellas. Especial referencia a la libranza de mandamientos, efectividad de los embargos acordados en el decreto acordando medidas ejecutivas concretas para llevar a cabo lo dispuesto por la orden general de ejecución y en los decretos de mejora, averiguación patrimonial, preparación procesal de la vía de apremio de muebles e inmuebles, actas de celebración de subastas y trámite de depósito judicial. Las medidas cautelares.

Tema 18. Procesos especiales en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Especial consideración a los procesos matrimoniales y al proceso monitorio. El requerimiento de pago en el procedimiento monitorio. El juicio cambiario.

Tema 19. La jurisdicción voluntaria: Naturaleza y clases de procedimientos. Especial referencia a los actos de conciliación.

Tema 20. Los procedimientos penales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal; ordinario, abreviado y de jurado.

Tema 21. Procedimiento de juicio de faltas. Juicios Rápidos. La ejecución en el proceso penal, con especial referencia a la ejecución de las faltas. La pieza de responsabilidad civil en el proceso penal.

Tema 22. Recurso contencioso-administrativo. Procedimiento ordinario, abreviado y especiales.

Tema 23. El proceso laboral. Procedimiento ordinario. Procedimiento por despido. Procesos de seguridad social.

Tema 24. Recursos. Cuestiones generales sobre el derecho al recurso. El depósito para recurrir. Los recursos en el ámbito civil: Reposición, revisión contra resoluciones del Secretario Judicial, queja, apelación, y los recursos extraordinarios de infracción procesal y casación. Los recursos en el procedimiento penal: reforma, apelación y queja y Recursos extraordinarios. Los recursos contra las resoluciones del Secretario Judicial.

Tema 25. Lugar y Tiempo de las Actuaciones Judiciales: días y horas hábiles; plazos y términos; los términos judiciales en el proceso penal.

Tema 26. Los actos procesales del Juez: las Resoluciones Judiciales. Especialidades en el proceso penal. Los Decretos del Ministerio Fiscal. Los actos procesales del Secretario Judicial: Las Resoluciones de los Secretarios Judiciales.

Tema 27. Los actos de comunicación con otros Tribunales y Autoridades: oficios y mandamientos. El auxilio judicial: los exhortos y los mandamientos en el proceso penal. Cooperación jurídica internacional: las comisiones rogatorias.

Tema 28. Actos de comunicación a las partes y otros intervinientes en el proceso: notificaciones, requerimientos, citaciones y emplazamientos. Notificaciones, citaciones y mandamientos en el proceso penal. Formas de notificación y nuevas tecnologías.

Tema 29. El Registro Civil. Organización actual de los Registros Civiles en España. Funcionarios encargados de los mismos. Libros y Secciones del Registro. Libros auxiliares.

Tema 30. Actas del Registro. Inscripciones de nacimiento, matrimonio y defunción. Nacionalidad y vecindad civil. Certificaciones. Expedientes del Registro Civil.

Tema 31. Conceptos de archivo judicial y de documentación judicial en relación con la legislación vigente en materia de archivos judiciales. Formas de remisión de documentación judicial y relaciones documentales. Nuevas tecnologías en los archivos judiciales de gestión. Las juntas de expurgo de la documentación judicial.

miércoles, 5 de agosto de 2015

CONVOCATORIA PARA EL ACCESO AL CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA - BORRADOR

BASES ESPECÍFICAS



1. Descripción de las plazas

1.1. Se convoca proceso selectivo de acceso libre, para cubrir 376 plazas de las comprendidas en el Anexo II, apartado "Personal de la Administración de Justicia", del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (código de Cuerpo 020) a través del sistema de oposición, con la siguiente distribución territorial:

1.2. Del total de las plazas convocadas se reservarán 19, con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1., para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y superen las pruebas selectivas.

Se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33% de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden desiertas no se acumularán a las de sistema general.

1.3. Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar por el resto de plazas del sistema general. Los aspirantes podrán participar por un único ámbito territorial, y, en caso de resultar aprobados, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto.

1.4. Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el BOE y en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la publicación en el BOE.

2. Proceso Selectivo.

2.1. El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de oposición, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.A.

2.2 En caso de empate, el orden de puntuación se establecerá como sigue: primará la nota del primer ejercicio y si aún persistiera el empate primará la primera letra del primer apellido empezando por la “J”, de acuerdo con la Resolución de 5 de febrero de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado. 

3. Programas 

El programa que ha de regir la fase de oposición se contiene en la Orden JUS/…. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado en la fecha de la presente convocatoria, aún cuando no hubiese entrado en vigor. No obstante, en materia de Registro Civil se exigirá solo la legislación vigente en la fecha de la convocatoria. 

4-Titulación y otros requisitos de participación 

Para participar en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos señalados en la base séptima de las Bases Comunes y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachiller o Técnico. Se estará además a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009 de 10 de junio (B.O.E. de 17 de junio) por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

Para saber más, pincha en el siguiente link: 

http://www.fsc.ccoo.es/comunes/recursos/15597/2106043-Convocatoria_Tramitacion_Procesal_y_Administrativa,_turno_libre.pdf

lunes, 3 de agosto de 2015

Perfil Profesional del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa

Descripción

     Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa son funcionarios de carrera, y están vinculados a la Administración de Justicia en virtud de nombramiento legal, por una relación estatutaria de carácter permanente, para el desempeño de servicios retribuidos.

Acceso

     El Ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa se llevará a cabo para el Turno Libre mediante los sistemas de oposición, que es el sistema ordinario o, excepcionalmente, de concurso oposición, y para la Promoción Interna mediante el sistema de concurso oposición para el que se reservarán el cincuenta por ciento de las plazas ofertadas. En todos ellos se garantizarán los principios de igualdad, mérito y capacidad así como el de publicidad. Los procesos de selección incluirán siempre un curso teórico práctico o período de prácticas que tendrán carácter selectivo. Para ello los aspirantes que superen la oposición o concurso-oposición serán nombrados funcionarios en prácticas.

     En la Orden JUS/1901/2013, de 20 de septiembre, se establecen las bases comunes que rigen el acceso o ingreso a los Cuerpos de la Administración de Justicia. Se regulan en ella los requisitos de acceso, el modo de presentación de solicitudes, los plazos, los Tribunales y el desarrollo general de los procesos selectivos.

     Las pruebas selectivas se convocan con periodicidad anual e incluyen las plazas que hayan sido autorizadas en la Oferta de Empleo que elabora el Ministerio de Administraciones Públicas y se publica en el BOE en los primeros meses de cada año natural.

     En todas las convocatorias se reservará un cupo no inferior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas con personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones.

     El contenido del temario así como las pruebas a realizar son únicos en todo el territorio del Estado, aunque las plazas ubicadas en el territorio de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos se ofertarán por el ámbito territorial de la comunidad autónoma de que se trate, y en caso de quedar vacantes no podrán acumularse a otro ámbito territorial diferente.

Programa de oposición para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial

PROGRAMA Y TEMARIO

El temario que está actualmente en vigor, hasta la aprobación definitiva de las bases específicas, se contiene en la Orden JUS/2543/2006, de 28 de julio (BOE de 3 de agosto de 2006) y consta de los siguientes 26 temas:

Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Las atribuciones de la Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. La elaboración de las leyes. El Tribunal Constitucional. Composición y funciones.

Tema 2. Los Derechos Humanos en el ámbito universal, europeo y español. La igualdad efectiva entre hombres y mujeres. El artículo 14 de la Constitución Española: La no discriminación por razón de sexo. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico civil. Consecuencias penales de la discriminación por razón de sexo. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico laboral. La conciliación familiar.

Tema 3. El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Organización administrativa española: Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios y Directores Generales. La Administración periférica del Estado. Los Delegados de Gobierno en la Comunidad Autónoma y los Subdelegados de Gobierno.

Tema 4. Organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas: Su constitución y competencias. Los Estatutos de Autonomía. La Administración Local. La provincia y el municipio.

Tema 5. La Unión Europea. Competencias de la Unión Europea. Instituciones y órganos de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de Ministros de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal de Cuentas.

Tema 6. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial: composición y funciones. La jurisdicción: Jueces y Magistrados. La independencia judicial. El Ministerio Fiscal: Organización y funciones.

Tema 7. Organización y competencia del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional, de los Tribunales Superiores de Justicia y de las Audiencias Provinciales.

Tema 8. Organización y competencia: Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, Juzgados de lo Penal, Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, Juzgados de lo Social, Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, Juzgados de Menores, Juzgados Mercantiles y de Marca comunitaria de Alicante, Juzgados de Violencia sobre la mujer y Juzgados de Paz.

Tema 9. La carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia. Derechos de información, de atención y gestión, de identificación de actuaciones y funcionarios, derechos lingüísticos. Derechos frente a los profesionales que asisten y representan al ciudadano: Abogados, Procuradores, Graduados Sociales. El Derecho a la Justicia Gratuita.

Tema 10. La modernización de la oficina judicial. La nueva oficina judicial: su regulación en la Ley Orgánica del Poder Judicial. La Administración de justicia y las nuevas tecnologías: Presentación de escritos y documentos por vía telemática. Concepto de expediente digital y firma digital. La Videoconferencia. Incidencia de la legislación de protección de datos en el uso de las aplicaciones informáticas.

Tema 11. El Secretario Judicial en la Ley Orgánica del Poder Judicial: funciones y competencias. Ordenación del cuerpo superior jurídico de Secretarios Judiciales: Secretario de Gobierno y Secretarios Coordinadores.

Tema 12. Cuerpos de Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. Cuerpos Generales y Cuerpos Especiales: Definición y Cuerpos que los integran. Cuerpos Especiales: El Cuerpo de Médicos Forenses: Funciones.

Tema 13. Los Cuerpos Generales (I): Funciones. Formas de acceso. Promoción interna. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. La rehabilitación. Derechos, deberes e incompatibilidades. Jornada y horarios. Vacaciones, permisos y licencias. 

Tema 14. Los Cuerpos Generales (II): Situaciones administrativas. Ordenación de la actividad profesional. Provisión de puestos de trabajo. Régimen disciplinario. 

Tema 15. Libertad sindical. El Sindicato en la Constitución Española. Elecciones sindicales según la Ley de órganos de representación y el Estatuto Básico del Empleado Publico. El derecho de huelga. Salud y prevención de riesgos laborales. 

Tema 16. Los procedimientos declarativos en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000: juicio ordinario; juicio verbal; procedimientos especiales. Nociones generales de los procesos especiales en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Especial consideración a los procesos matrimoniales y al procedimiento monitorio; el requerimiento de pago en el juicio monitorio. Nociones generales de jurisdicción voluntaria.

Tema 17. Los procedimientos de ejecución en la Ley de Enjuiciamiento Civil. La ejecución dineraria, no dineraria y supuestos especiales: nociones basicas Las medidas cautelares. Diligencia de embargo, diligencia de lanzamiento, remociones y depósitos judiciales. 

Tema 18. Los procedimientos penales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal: ordinario, abreviado, juicio de faltas y de jurado. Especial mención a los Juicios Rápidos. 

Tema 19. Los procedimientos contencioso-administrativos: ordinario, abreviado y especiales. 

Tema 20. El proceso laboral. Procedimiento ordinario. Procedimiento por despido. Procesos de seguridad social. 

Tema 21. Lugar y Tiempo de las Actuaciones Judiciales: días y horas hábiles; plazos y términos; los términos judiciales en el proceso penal. 

Tema 22. Los actos procesales del Juez: las Resoluciones Judiciales. Especialidades en el proceso penal. Los Decretos del Ministerio Fiscal. Los actos procesales del Secretario Judicial: Las Resoluciones de los Secretarios Judiciales. 

Tema 23. Los actos de comunicación con otros Tribunales y Autoridades: oficios y mandamientos. El auxilio judicial: los exhortos y los mandamientos en el proceso penal. Cooperación jurídica internacional: las comisiones rogatorias. 

Tema 24. Actos de comunicación a las partes y otros intervinientes en el proceso: notificaciones, requerimientos, citaciones y emplazamientos. Notificaciones, citaciones y mandamientos en el proceso penal. Formas de notificación y nuevas tecnologías. 

Tema 25. El Registro Civil. Organización actual de los Registros Civiles en España. Funcionarios encargados de los mismos. Libros y Secciones del Registro. Libros auxiliares. Actas del Registro. Inscripciones de nacimiento, matrimonio y defunción. Inscripción de tutelas y representaciones legales. Nacionalidad y vecindad civil. Certificaciones. Expedientes del Registro Civil. 

Tema 26. Conceptos de archivo judicial y de documentación judicial en relación con la legislación vigente en materia de archivos judiciales. Formas de remisión de documentación judicial y relaciones documentales. Nuevas tecnologías en los archivos judiciales de gestión. Las juntas de expurgo de la documentación judicial.

CONVOCATORIA PARA EL ACCESO AL CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL - BORRADOR

BASES ESPECÍFICAS 

1. Descripción de las plazas 

1.1. Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir 752 plazas de las comprendidas en el Anexo II, apartado “Personal de la Administración de Justicia”, del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, en el Cuerpo de Auxilio Judicial (código de cuerpo 030), a través del sistema de oposición, con la siguiente distribución territorial:


1.2 Del total de las plazas convocadas se reservarán 38 plazas, con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia y superen las pruebas selectivas. Se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33% de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006 de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular a las de sistema general.

1.3 Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar por el resto de plazas del sistema general.

Los aspirantes sólo podrán participar por un ámbito territorial, y, en caso de resultar aprobados, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto.

1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el Boletín Oficial del Estado y en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

LEY 1/2015 DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL Y LECRIM


■ Entre otras novedades, se despenalizan algunas de las actuaciones que hasta ahora estaban tipificadas como faltas y pasarán a ser sanciones administrativas, siendo de aplicación, en estos supuestos, el derecho administrativo sancionador (una multa por vía administrativa).

No obstante, algunas actuaciones seguirán estando penalizadas, pero pasarán a denominarse delitos leves. Esas actuaciones, por tanto, no se despenalizan sino que dejan de ser faltas, para ser delitos leves.

■ De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley, la instrucción y el enjuiciamiento de los delitos leves cometidos tras la entrada en vigor del nuevo código penal (1 de julio) se sustanciarán conforme al procedimiento previsto en el Libro VI de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que es el relativo a las faltas. Las menciones contenidas en las leyes procesales a las faltas (que desaparecen) se entenderán referidas a los delitos leves. En otras palabras, los delitos leves se tramitarán según el procedimiento de las faltas.

■ Respecto de la legislación aplicable a los hechos cometidos con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo Código penal, la Disposición Transitoria primera señala que los delitos y faltas cometidos hasta el día de la entrada en vigor del nuevo Código penal se juzgarán conforme a la legislación penal vigente en el momento de su comisión, si bien se aplicará el nuevo Código penal, una vez que entre en vigor, si las disposiciones del nuevo Código penal son más favorables para el reo, aunque los hechos hubieran sido cometidos con anterioridad a su entrada en vigor.

LEY 26/2015 DE MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA

Con el fin de mejorar los instrumentos de protección jurídica de la infancia y adolescencia y constituir una referencia para las Comunidades Autónomas en el desarrollo de su respectiva legislación en la materia, se lleva a cabo una profunda reforma del sistema de protección de menores, 20 años después de la aprobación de la LO 1/1996, de Protección jurídica del menor.

La reforma está integrada por dos normas, la Ley 26/2015, de 28 de julio, de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, y la Ley Orgánica 8/2015 que introduce los cambios necesarios en aquellos ámbitos considerados como materia orgánica, al incidir en los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas en los arts. 14, 15, 16, 17 y 24 de la Constitución Española (CE).

Las modificaciones más importantes afectan a la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, el Código Civil, la Ley de Adopción Internacional, la Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000. Pero un total de 21 normas quedan afectadas por la reforma.

El objetivo de la reforma es adaptar los instrumentos de protección de menores a los cambios sociales, en aras del cumplimiento efectivo del art. 39 CE y los instrumentos internacionales ratificados por España.

Esta norma reforma una veintena de leyes, modificando desde el sistema de adopción y acogimiento hasta las pensiones de orfandad, las condiciones de los centros para chicos con trastornos de conducta o el derecho de escucha en los procedimientos judiciales.

La norma entrará en vigor el próximo 18 de agosto de este año, a los 20 días de su publicación en el BOE (Disposición Final 21ª). 

Según declara su Exposición de motivos, la norma tiene por objeto introducir los cambios necesarios en la legislación española de protección a la infancia y a la adolescencia que permitan continuar garantizando a los menores una protección uniforme en todo el territorio del Estado y que constituya una referencia para las Comunidades Autónomas en el desarrollo de su respectiva legislación en la materia.

Además, y de modo recíproco, esta ley incorpora algunas novedades que ya han sido introducidas por algunas normas autonómicas estos años atrás.

REFORMAS PENDIENTES

Después del número excesivo de reformas legislativas publicadas en los últimos días, todavía quedan pendientes la reforma de las siguientes leyes -conforme se vayan produciendo, daremos información por este canal-: 

  • Proyecto de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).
  • Proyecto de Ley de asistencia jurídica gratuita.
  • Proyecto de Ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.
  • Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la LECrim para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica.



Borrador de las Bases Comunes a los Cuerpos de la Administración de Justicia

Orden JUS/ /2015, de ......., por la que se establecen las Bases Comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.


La Orden JUS/1901/2013, de 20 de septiembre , estableció las bases comunes que habían de regir los procesos selectivos para ingreso o acceso a los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia

Habiéndose producido con posterioridad modificaciones normativas que afectan a esa Orden y considerando que, no obstante, el establecimiento de bases comunes permite homogeneizar los procesos selectivos y contribuye de una manera eficaz a la claridad de los mismos, se hace necesario actualizarlas y adaptarlas antes de la publicación de las convocatorias específicas correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2015. 

En las presentes bases se incluyen las normas comunes, sin perjuicio de las normas específicas de cada convocatoria que serán reguladas en las correspondientes bases. 

En consecuencia se dicta la presente Orden que incluye las normas comunes que habrán de aplicarse a los procesos selectivos de acceso a los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, sin perjuicio de que deban publicarse las bases específicas de cada una de ellas en el Boletín Oficial del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública en los plazos y condiciones que establezca el Real Decreto de la Oferta de Empleo Público correspondiente. 

En virtud de lo expuesto, dispongo:

Ver más en el siguiente enlace: Borrador de las Bases Comunes

Publicados los borradores de las bases de la convocatoria para los procesos selectivos al amparo de la Oferta Pública de Empleo 2015

El Ministerio de Justicia ha remitido a las organizaciones sindicales las bases de la convocatoria para los procesos selectivos de Auxilio, Tramitación, Gestión (ambos turnos: libre y promoción interna) y Médicos Forenses al amparo de la OPE de 2015. En dichas bases ya se incorporan las modificaciones previstas en la última reforma de la LOPJ que entrará en vigor el 1 de octubre.

Y con fecha de 31 de julio acaban de publicarse estos BORRADORES de las convocatorias y programas de los temarios de la OEP 2015. Pueden consultarse en el siguiente enlace: 


Ya se ha podido ver que en algunos casos aparece el temario actualizado (como las referencias a los Letrados de la Administración de Justicia, o el cambio del procedimiento de juicio de faltas por el de delitos leves, pero por otro lado está sin actualizar el tema de Jurisdicción Voluntaria que hace referencia a expedientes que ya no son de tramitación judicial, como los expedientes de dominio y otros. Las referencias del temario al Registro Civil siguen realizadas todavía a la LRC de 1957), aunque en la mesa que se abrirá deberían de ponerse de manifiesto estas deficiencias para su corrección y aclarar bien lo de la legislación que será exigida en la convocatoria al haber muchas modificaciones legales diferidas en el tiempo.

En cuanto a las convocatorias, no se han producido cambios importantes. HAY QUE RECORDAR QUE ESTAMOS HABLANDO DE BORRADORES Y NO PROCEDE INSCRIBIRSE AÚN, HASTA QUE SEAN PUBLICADOS LOS DEFINITIVOS EN EL BOE.

Es intención del Ministerio de Justicia convocar, al menos, el proceso selectivo de Gestión, a partir del 1 de octubre, pero antes debe presentar su propuesta al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y éste remitirle sus modificaciones de las bases.

Posteriormente, el Ministerio de Justicia convocará los procesos selectivos de Tramitación y Auxilio Judicial, probablemente en el mes de noviembre de 2015, y en diciembre el de Médicos Forenses. La convocatoria de Facultativos del INT se realizaría a comienzos del año 2016.

El Ministerio de Justicia ha tenido que respetar, como había exigido CCOO, al menos, la reserva del 50% de las plazas convocadas para el turno de promoción interna, a pesar de la reforma de la LOPJ, publicada el pasado 22 de julio en el BOE, que la limita al 30%. Pues el Real Decreto de la convocatoria de la OEP para el 2015, publicado en el BOE de 23 de marzo de 2015, ya lo determinaba con claridad, y es anterior a la reforma de la LOPJ.

Podéis consultar los borradores provisionales de las convocatorias en este enlace: 

martes, 5 de mayo de 2015

Oposiciones a Justicia: Fechas aproximadas para las convocatorias y los exámenes

Según informa el sindicato independiente CSI-F, el Ministerio de Justicia ha informado a las CC.AA. que el sistema de acceso a los distintos cuerpos generales de la Administración de Justicia será libre -no habrá concurso-, salvo en Médicos Forenses que será por el sistema de concurso-oposición.

El calendario que establece el Ministerio de Justicia, del que ha dado traslado a las CC.AA. en la última reunión de la Conferencia Sectorial, es el siguiente:

GESTIÓN

Convocatoria: Segunda quincena de junio

Listados Provisionales: Septiembre

Listados Definitivos: Octubre

Promoción Interna: Examen aproximadamente en diciembre

Turno Libre: Primer examen en enero

TRAMITACIÓN Y AUXILIO

Convocatoria: Septiembre

Exámenes: Principios de 2016. 

SECRETARIOS Y MÉDICOS FORENSES

Convocatoria: Fechas por determinar


FUENTE: CSI-F





sábado, 25 de abril de 2015

El Gobierno decide paralizar la privatización del Registro Civil

El ministro Rafael Catalá comunica al decano del Colegio de Registradores que no tendrá que asumir el Registro Civil el 15 de julio

Es el tercer proyecto de Ruiz-Gallardón del que se desdice el Ejecutivo, tras las tasas judiciales y la reforma de la ley del aborto.

El Gobierno ha decidido paralizar la cesión del Registro Civil a los registradores mercantiles y de la Propiedad. Así se lo ha comunicado el titular del departamento, Rafael Catalá, al decano del Colegio de Registradores, Gonzalo Aguilera, según fuentes próximas a estos profesionales. La versión oficial del ministerio sostiene que aún no hay una decisión tomada al respecto. “Seguimos trabajando para cumplir la orden de las Cortes de llegar a un acuerdo, abierto a las sugerencias de registradores, oposición, sindicatos y secretarios judiciales”, aseguró un portavoz.

La privatización del Registro Civil ha suscitado el rechazo de todos los colectivos implicados: desde los funcionarios hasta los secretarios judiciales y jueces, todos los partidos políticos de la oposición, los sindicatos e incluso los propios registradores. Al unísono pedían al Gobierno que diera marcha atrás en el polémico proyecto. Finalmente, el Colegio de Registradores, tras meses de negociar en una comisión mixta con Justicia las condiciones del traspaso, pidió al ministro que retrasase el traspaso del Registro Civil, en principio previsto para el próximo 15 de julio.

Éste es el tercer proyecto estrella del ex ministro Alberto Ruiz-Gallardón del que se termina desdiciendo el Gobierno, tras dar marcha atrás en la aplicación de las tasas judiciales y en la reforma de la ley del aborto.

Sobre el Registro Civil la duda es todavía si el Gobierno va a decretar una nueva prórroga de la vacatio legis –retraso en la entrada en vigor de una ley– de la ley de 2011 o si el proyecto de ley de reforma que se está tramitando en el Congreso terminará decayendo, aseguran las fuentes consultadas por infoLibre. La Ley del Registro Civil ya estableció una vacatio legis hasta julio de 2014, que en esa fecha se prorrogó un año.

De que a las intenciones del Gobierno les costaba progresar da idea también el hecho de que va camino de eternizarse en el Congreso la tramitación del citado proyecto de ley de reforma del Registro Civil: el plazo de presentación de enmiendas se amplió el pasado martes una semana más. Lleva en esa fase desde septiembre del año pasado. La dimisión de Ruiz-Gallardón, ese mismo mes, supuso un primer parón en el proyecto de ceder a los registradores el Registro Civil. Su sucesor cambió el equipo al frente de la Dirección General de los Registros y el Notariado, y tiró a la papelera el proyecto inicial de Ruiz-Gallardón: tanto la creación de una suerte de colegio de registradores paralelo al oficial –una “corporación de derecho público” que fue tumbada por un duro dictamen del Consejo de Estado–, como la controvertida adjudicación a Indra y Telefónica, a través de una empresa pública del Ministerio de Defensa, del diseño de la plataforma informática para el nuevo Registro Civil.

miércoles, 22 de abril de 2015

PERFIL PROFESIONAL del Cuerpo General de AUXILIO JUDICIAL

Descripción

Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial son funcionarios de carrera, y están vinculados a la Administración de Justicia en virtud de nombramiento legal, por una relación estatutaria de carácter permanente, para el desempeño de servicios retribuidos.

viernes, 17 de abril de 2015

Actualización bolsa de trabajo de Justicia de la Comunidad Valenciana

La Dirección General de Justicia de Valencia ha dado publicidad a la situación actual de la bolsa de trabajo de Justicia de la Comunidad Valenciana a fecha de hoy.

Adjuntamos el enlace a la Web oficial. 








PLAZAS PROVISIONALES C.VALENCIANA CONCURSO DE TRASLADO

Según informa CC.OO. Justicia del País Valencià, la Dirección General de Justicia de Valencia ha publicado el listado provisional de las vacantes a ofertar en el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Valenciana, cuya convocatoria está próxima a publicarse. 






martes, 14 de abril de 2015

Ofertadas 1.784 plazas para el Ministerio de JUSTICIA

A la espera de las inminentes convocatorias, ésta es la distribución de las plazas ofertadas y algunos de los requisitos para acceder a ellas:

752 Plazas para Auxilio Judicial - Requisitos:

  • Ser español/a, mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación
  • Poseer la titulación de graduado de ESO o equivalente
  • No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de sus funciones
  • No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores a tres años, a menos que se haya obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación
  • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas, salvo cuando haya sido rehabilitado
  • No pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten
752 Plazas para Tramitación Procesal y Administrativa - Requisitos:

  • Ser español/a, mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación
  • Hallarse en posesión del título de Bachiller o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del cuerpo al que aspiran
280 Plazas para Gestión Procesal y Administrativa - Requisitos

  • Ser español/a, mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación
  • La titulación exigida es la de diplomatura universitaria o equivalente
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del cuerpo al que aspira



viernes, 10 de abril de 2015

Requisitos para el Acceso a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia

Los requisitos, así como las normas generales para participar en las oposiciones a la Administración de Justicia, se detallan en la Orden del Ministerio de Justicia JUS/2544/2006, de 28 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en los cuerpos y escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. 

Para informarte con todo detalle, pincha aquí.



miércoles, 8 de abril de 2015

10 claves de la oferta de empleo público para 2015

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el listado Detallado con las plazas de Empleo Público Que se ofrecerán Este Año. Se Trata de total de la ONU de 11.250 plazas, 4 Veces Más Que las ofrecidas baño 2014.



LUEGO de años de "congelación Estricta" de plazas Públicas, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, Afirmo recientemente Que en 2015 las Vacantes sí dispararán, Alcanzando 4 Veces El Número ofertado en 2014. En total de se ofertarán 11.250 empleos, 7.416 Nuevas plazas y 3.834 Puestos de Promoción interna (79% Que Más en 2014). El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el listado Detallado de las plazas a ofertarse en 2015 , Siendo justicia (1.600%), la Guardia Civil (415%), la Policía Nacional (337%) y la Administración General del Estado ( 291%) los Sectores de Crecimiento alcalde en la oferta.

En total de se han publicado 4 Nuevos decretos en el BOE, El Primero con la oferta en general de Empleo Público de 2015, Con Los Principios generales y Los 6 ANEXOS Con El detalle de las plazas; LA UNA Segunda convocatoria extraordinaria párr Luchar contra el fraude de los Servicios Públicos,: Además se publica la Oferta de Empleo Público de la Policía y la de la Guardia Civil.

martes, 7 de abril de 2015

¿Quieres ser funcionario? 2015 puede ser tu año

Si hay algo que no cambia con el paso del tiempo es la necesidad de trabajar y de dar sustento a tu familia. Si el puesto que tienes, además, te garantiza cierta estabilidad, miel sobre hojuelas. En este año electoral, el Gobierno pone sobre la mesa hasta 11.250 puestos de empleo público, 7.416 nuevas plazas y otras 3.834 de promoción interna. 

La oferta es de lo más variada y si sueñas con ser policía, médico, veterinario, abogado del Estado o incluso astrónomo, ésta puede ser tu oportunidad.

Según se detalla en el Boletín Oficial del Estado (BOE), existe una convocatoria ordinaria de empleo y otra extraordinaria, enfocada a la lucha contra el fraude. Además, se convocan nuevas plazas para el Cuerpo Nacional de Policía y otras para la Guardia Civil.

CÓMO PUEDO OPTAR A UNA PLAZA

Dependiendo del tipo de plaza que quieras, y si te vas a presentar a una oposición, deberás primero rellenar una solicitud, pagar los derechos de examen y después presentar la instancia en un registro. Hoy ya se puede hacer todo desde Internet, siempre que se tenga un certificado digital para firmar.

El precio oscila mucho. Estas tasas pueden variar desde cifras irrisorias como el 1,55 de las oposiciones de Auxiliar Administrativo de Bilbao hasta los 300 que llegó a cobrar el Ayuntamiento de Náquera hace ya unos años. Pero, no os asustéis, generalmente no pasan de 100 euros.

Pero no todo el mundo tiene que pagar las tasas de examen. Quedarán exentos de ellas, las personas con una minusvalía "igual o superior al 33%", los parados que acrediten ser demandantes de empleo al menos un mes antes de la convocatoria, o las familias numerosas de régimen especial (en régimen general se les descontará el 50%).

¿NECESITO ALGÚN TIPO DE FORMACIÓN?

Para trabajar en la Administración Pública se pide, al menos, tener el graduado de Educación Secundaria (ESO). Sin él, no se puede optar a ninguno de los puestos ofertados. Y es que existen distintos tipos de empleados públicos:
  1. Los funcionarios del Grupo A, que se subdivide en dos Subgrupos A1 y A2. Para optar a cualquiera de estos grupos es necesario tener un título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la Ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta.
  2. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.
  3. Existe una tercera categoría funcionarial, el Grupo C, que se divide también en dos subgrupos (C1 y C2) en función de la preparación que se exige. Así para el ingreso al Grupo C1 hace falta el título de bachiller o de técnico y para el C2 basta con el graduado en ESO.

Las 15 claves de la Reforma del Código Penal

Se ha publicado la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica el Código Penal. Esta modificación, que entrará en vigor el 1 de julio de 2015, supone la reforma más profunda efectuada en dicho Código desde su aprobación en 1995. Con ella se modifican 252 de sus artículos y se suprimen 32. Además, se reforman otros 18 artículos de la LECrim, uno de la Ley de Indulto, uno de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado y se añade una disposición a la Ley 23/2014, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE.

Veamos las principales novedades:

1. Modificación del régimen de penas y su aplicación

En este sentido cabe destacar que se instaura la prisión permanente revisable para los delitos más graves (Arts. 33, 35, 36, 76, 78 bis y 92 CP).

También se introducen medidas de suspensión y sustitución de la pena (Arts. 80 a 88, 90 a 94 bis).

La libertad condicional pasa a ser una modalidad de suspensión de la ejecución del resto de la pena.

Se equiparan los antecedentes penales españoles a los correspondientes a condenas impuestas por tribunales de otros Estados miembros de la Unión Europea, a los efectos de la concurrencia de la agravante de reincidencia o la suspensión de la ejecución de la pena o su posible revocación (Art. 94 bis).

2. Supresión de las faltas y creación de nuevos delitos leves (Libro III CP)

Los delitos leves se sustanciarán conforme al procedimiento previsto en el Libro VI de la Ley de Enjuiciamiento Criminal denominado "Juicio sobre delitos leves" (es el anterior juicio de faltas con modificaciones para adecuarlo a la nueva categoría delictiva).

3. Amplia reforma del decomiso (Artículos 127 a 127 octies CP)

Se pone fin al doble régimen de decomiso (según se tratara de delitos contra la salud pública o de otros de diferente naturaleza) que existía hasta ahora.

4. Concreción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas (Arts. 31 bis, ter, quater y quinquies)

Se limita la responsabilidad penal de las personas jurídicas, en el caso de delitos cometidos por sus dependientes, sólo a los supuestos en los que el incumplimiento del deber de vigilancia haya tenido carácter "grave".

Se introduce como causa de exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica la existencia de un programa de prevención (programa de compliance penal), que conlleve una reducción significativa del riesgo de comisión de delitos.